1. De los requisitos para el arrendamiento:
    • Presentar documentos personales o comerciales como ser: DNI y RTN.
    • Brindar dirección donde estará ubicado el y/o los equipos.
    • Dar información de la persona encargada del equipo y recibir inducción para el uso y manejo del o de los equipos.
    • Firmar contrato de arrendamiento por el representante legal o persona encargada del o de los equipos.
  1. Del arrendador
    • Concesiones Especializadas S.A. de C.V., es una empresa que tiene como actividad el alquiler de equipos para la construcción a personas naturales y jurídicas, sean estas nacionales o extranjeras.
    • Concesiones Especializadas S.A. de C.V. no se hará responsables por el mal uso y/o negligencia que cometiere el arrendatario con el/los equipo(s), por lo que el arrendatario se obliga a indemnizar a Concesiones Especializadas S.A. de C.V. por los daños ocasionados.
  2. Del Precio
    • El precio acordado por las partes contratantes es por día, semana o mes. Se aplicará cobro por el periodo adicional y se calculará con la tarifa correspondiente.
  3. Del alquiler
    • Se realizan entregas gratis únicamente dentro del casco urbano de las ciudades de San Pedro Sula y Tegucigalpa, en facturas arriba de L. 3,000.00.
    • Se cobra por el retiro de los equipos en caso de que el cliente requiera dicho servicio, en caso contrario el cliente se compromete a entregar en las instalaciones de Concesa a nuestro personal autorizado.
    • No se hacen devoluciones de dinero.
    • Todos los pagos se harán a través de los medios que EL ARRENDADOR estipule, sin necesidad de requerimiento alguno; por consiguiente, la falta de pago de las facturas en la fecha de su vencimiento causará el 2% de interés mensual.
    • El valor del arrendamiento no incluye combustible.
    • Los períodos adicionales que pudieran suscitarse serán pagados de contado.
    • En caso de contratar el servicio de flete para retiro de equipo: EL ARRENDATARIO se compromete a entregar el equipo a personal de EL ARRENDADOR en una zona libre de riesgo, terreno plano donde pueda ingresar vehículo sencillo, la recolección del equipo se hará única y exclusivamente desde el lugar donde se entregó inicialmente.
    • Queda terminantemente prohibido trasladar este equipo fuera de la República de Honduras.
    • El ARRENDATARIO no podrá ceder este Contrato, subarrendar el equipo alquilado o celebrar a él contrato alguno.
    • El ARRENDADOR se reserva el derecho de hacer inspecciones por medio de sus representantes a la maquinaria alquilada siempre que lo crea conveniente y el ARRENDATARIO está en la obligación de permitir dichas inspecciones.
    • En ningún momento EL ARRENDATARIO podrá dar instrucciones que ponga en peligro el equipo y al operador.
    • EL ARRENDATARIO está en la obligación de proveer un espacio para guardar el equipo con el objetivo de evitar cualquier daño, robo o extravío de este.
    • En caso de que se determine que el ARRENDATARIO hace caso omiso de estas recomendaciones o se rehúsa a seguirlas al pie de la letra, o se rehúse a permitir el acceso de los representantes del ARRENDADOR dará derecho a este último a rescindir del contrato en forma inmediata, y exigir su devolución.
    • Asimismo, se obliga el ARRENDATARIO a notificar inmediatamente por escrito al ARRENDADOR cualquier desperfecto que sufriere la máquina alquilada.
    • El ARRENDADOR se reserva el derecho de sustituir la maquinaria objeto de este contrato por una igual o su equivalente, debiendo en este caso notificar por escrito al ARRENDATARIO el cambio de la unidad, indicando el número de serie, modelo y cualquier otras descripción o identificación pertinente documento que pasará a formar parte integrante de este Contrato.
    • La falta de pago de la renta del alquiler o la infracción de cualesquiera de las condiciones aquí pactadas, dará derecho al ARRENDADOR de dar por resuelto este Contrato de pleno derecho  y a exigir el pago de cualquier monto vencido y para recoger el equipo en poder del ARRENDATARIO o de terceras personas sin recurrir a la vía judicial, pues el ARRENDADOR  es el legítimo dueño del equipo y bastará la simple presentación de este Contrato por parte del representante del ARRENDADOR  para que el equipo sea devuelto.
    • Las partes en virtud del presente contrato establecen, que toda controversia, diferencia, reclamación o interpretación que surja de este contrato, será sometida y resuelta definitivamente de conformidad con el procedimiento establecido en el Código Procesal Civil y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9 y 11 del Código Civil ambos contratantes se someten de manera expresa  a la jurisdicción del Juzgado de Letras Civil de San Pedro Sula , Cortes Renunciando desde ya a toda otra jurisdicción.
  4. De la devolución del equipo.
    • El equipo deberá entregarse a Concesiones Especializadas S.A. de C.V. limpio, sin residuos de concreto y en las mismas condiciones que le fue entregado.
    • El arrendatario será responsable directa e indirectamente